¿Hay alguna restricción para podar árboles nativos?
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Wilhelm,
Soy profesional forestal. La verdad es que tus datos son muy escuetos, lo que produce que tu pregunta abarque muchos ámbitos. Trataré de tocar varios puntos, a ver si acierto a tu requerimiento:
1º En lo que respecta a predios rurales. Los árboles nativos en Chile están protegidos mediante la ley de bosque nativo, por lo que no puedes realizar ningún tipo de intervención en un bosque nativo sin que exista un plan de manejo ejecutado por un profesional, dicho esto, se denomina "bosque" a un conjunto boscoso mayor o igual a media hectárea 1/2 há.
2º En zonas urbanas públicas: En los espacios públicos de las ciudades, los dueños de los árboles son los municipios y están protegidos por decretos alcaldicios. Si usted osa intervenir alguno de ellos (ya sea poda o tala) se expone a una multa bastante alta, de la cual le aseguro que existen muchos conocidos que han tenido la poca grata experiencia.
3º En recintos privados ajenos: No existe prohibición de corta. Nadie tiene jurisdicción sobre sus árboles más que el propietario. Si el árbol se encuentra en un recinto privado que colinda con su propiedad debe pedirle al propietario que pode la/las ramas que excedan traspasando a su propiedad. Si el propietario se niega, usted, amparado en el código civil, puede realizar la poda de las ramas que se extiendan sobre su propiedad (usted asume los costos).
4º En recintos privados propios: Para se más claro y conciso le cuento que usted hace y deshace. No existen leyes ni decretos que le prohíban cortar árboles nativos dentro de su propiedad, así no sea una araucaria o un alerce milenario, estando dentro de su propiedad "urbana" usted puede podar, talar, quemar o pintar su árbol.
5º Quiero aclarar algunas incongruencias que leí por ahí:
-Conaf no tiene injerencia legal en zona urbana, su trabajo se remite única y exclusivamente al medio rural.
-Las clasificaciones de vulnerabilidad o peligro de extinción de una especie arbórea de establecen en torno a su medio natural, ya sea bosques privados, y el registro nacional de áreas protegidas (Parques nacionales, monumentos naturales y reservas nacionales)
6º Si es propietario de un campo y desea realizar algún tipo de manejo forestal a su bosque nativo, debe realizar un plan de manejo ejecutado por un Ing. Forestal, o Ing. Agrícola calificado (Ing. agrícola acreditado para realizar labores forestales).
7º Si es pequeño propietario rural (menos de 10 hás y estar calificado como pequeño propietario rural o forestal), puede acogerse a un plan de manejo simple, que puede ser asesorado en Conaf.
8º Restricciones biológicas: Solo te puedo aclarar que si quieres que tus árboles no se dañen producto de una poda, te recomiendo hacerlo en época que la savia esté concentrada en la raíz (época invernal). Para eso debes aclarar y definir qué necesitas. ¿Una poda de formación?, ¿una poda estética?, ¿una poda sanitaria?, ¿una poda de seguridad?.... insisto, tu pregunta es demasiado amplia.
Espero te sirva, saludos.
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4 respuestas:
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Si ya las olas nativas le entra gusanos por los corte por la poda
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La poda de árboles nativos no tiene restricción, si es poda propiamente tal; sin embargo, la tala sí tiene restricción, dependiendo de la especie es protegida por Conaf o Sag; en internet encontrarás por quién está protegida y reglamentada, si fuera necesario.
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Hola, gracias por consultar.
Los árboles y arbustos, sin importar su origen, no tienen restricción de poda; la poda siempre debe tener un sentido: definir una forma, altura o ancho; fortalecer una rama específica, etc. Quizás la única restricción o cuidado con la poda es el tiempo en que se hace, ya que es una herida que se le hace al vegetal y como tal debe ser cuidada, pero bastaría con que selles cada corte con una pincelada de agua de alcohol (50/50).
Saludos.
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Depende del árbol, llama a la CONAF ellos podrán guiarte mejor.
Saludos.
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